Cláusula adicional ITP

Consulta la nueva Cláusula Adicional de Incapacidad Total y Permanente por Accidente que regirá a partir de las 00 hs del 01/01/2024 sobre las pólizas 5330135451301 y 5000199230001

Información de servicio
Si ya sos cliente, podés acceder a videoconsultas médicas por WhatsApp sin costo adicional.

Telemedicina 24hs

¿Qué incluye?

  • Videoconsultas por WhatsApp con médicos clínicos y pediatras las 24 hs.
  • Turnos programados con médicos de distintas especialidades.
  • Pueden usarlo vos y tu grupo familiar (cónyuge e hijos menores de 25 años).

COBERTURAS

Personal en actividad

Seguro de Vida Colectivo Obligatorio - DECRETO 1567/74

  • Póliza 5000-0135507-01

  • Asegurables: El personal titular en actividad y relación de dependencia con la Institución

  • Cobertura: Muerte e incluye suicidio como hecho indemnizable.

  • Edad máxima de permanencia en el seguro: Hasta desvinculación laboral.

  • Capital asegurado: $1.632.576.-

  • Costo del seguro: A cargo de la Institución

Ref: Formulario 4027-
F4027-Designación de beneficiarios.pdf

Seguro de Vida Obligatorio de Personal del Estado L.13003 - 307

  • Póliza 5000-0804000-01

  • Asegurable: El personal titular en actividad y relación de dependencia con la Institución.

  • 3 Coberturas
    -Muerte
    -Incapacidad Total y Permanente
    -Pago adicional por Incapacidad Total Permanente y/o Parcial Permanente

  • Edad máxima de permanencia en el seguro: Hasta la desvinculación laboral

  • Capital asegurado $3.800.-

  • Costo del seguro $3,80.

  • Código de descuento: 307

Ref: Formulario 4028
F4028.pdf

¡Recuerde designar beneficiarios!
Si no se designa beneficiarios, la aseguradora indemniza en este orden:
1º. La cónyuge o conviviente
2º. Los hijos
3º. Los padres del asegurado titular

Seguro de Vida Colectivo Titular - 314

  • Póliza 5330-1354513-01 Titulares

  • Asegurable: El personal titular en actividad y relación de dependencia con la Institución que opte por contratar este seguro.

  • Coberturas:
    -Muerte
    -Incapacidad Total y Permanente por Accidente
    -Muerte y Pérdidas Anatómicas y/o Funcionales Taxativas por Accidente
    -Adicional por Muerte Accidental
    -Adicional por Muerte en Transporte Público
    -Cobertura de enfermedades graves (Ver descargas). Adelanto del 100% del capital asegurado
    -Adicional por Renta Diaria por Internación de $5000 diarios con una franquicia de 10 días con un límite máximo de cobertura de 90 días
    -Adicional de Trasplante de Órganos
    -Servicio de Telemedicina

  • Edad máxima de permanencia en el seguro:
    -Muerte: sin límite de edad y hasta pasar a situación de retiro.
    -Demás coberturas: hasta cumplir los 65 años de edad

  • Capital asegurado 32 sueldos del código 201 del recibo de haberes.

  • Costo del seguro: $0,75.- por cada $1000.- de suma asegurada.

  • Código de descuento 314

Ref: Formulario 4428
F-4428 - SVC ACTIVOS (TITULAR Y CONY) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - 01.2026.pdf

Tenga en cuenta:

-Trasplante de Órganos:
-$260.000.- Cubre médula, pulmón, pulmón-corazón, corazón, hígado, páncreas, renal.

Importante:
El asegurado que percibió indemnización por incapacidad total y permanente no podrá continuar asegurado en la póliza de Retirados.

Seguro de Vida Colectivo Cónyuge - 308

  • Póliza 5330-1354513-01: Cónyuge

  • Asegurable: El cónyuge o conviviente del personal titular que tenga contratado el Seguro de Vida Colectivo.

  • Coberturas:
    -Muerte
    -Cobertura de enfermedades graves (Ver descargas). Adelanto del 100% del capital asegurado
    -Adicional por Muerte y Pérdidas Anatómicas y/o Funcionales por Accidente

  • Edad máxima de permanencia en el seguro:
    -Muerte: Hasta que el asegurado titular deje de tener cobertura.
    -Adicional: Hasta cumplir los 65 años de edad o que el asegurado titular quede sin cobertura (lo que ocurra primero).

  • Capital asegurado: 32 sueldos del código 201 del recibo de haberes.

  • Costo del seguro: $0,75.- por cada $1000.- de suma asegurada.

  • Código de descuento 308

Ref: Formulario 4428
F-4428 - SVC ACTIVOS (TITULAR Y CONY) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - 01.2026.pdf

Seguro Colectivo de Gastos de Sepelio (Vida Colectivo Familiar) – 316

  • Póliza 5000-2228400-01

  • Asegurables:
    -Titular y su cónyuge o conviviente hasta cumplir los 65 años de edad
    -Hijos hasta cumplir los 21 años de edad
    -Hijos discapacitados sin límite de edad

  • Cobertura
    -Muerte

  • Capital máximo asegurado: $500.000.- por cada integrante del grupo familiar

  • Costo del seguro: $525.- mensuales por el grupo familiar primario

  • Código de descuento: 316

Ref: Formulario 4029
F4029-Incorporar al seguro.pdf

Cadetes y aspirantes – 317

  • Póliza 5000-1992300-01

  • Asegurables Cadetes y aspirantes de institutos de formación durante los 3 años (oficiales) o 2 años de estudio (suboficiales), las 24 horas del día.

  • Cobertura
    -Muerte
    -Muerte por accidente
    -Adicional Incapacidad Total y Permanente por accidente.

  • Capital máximo asegurado $800.000.-

  • Costo del seguro $320.- mensuales

  • Código de descuento 317

Personal Retirado, Jubilado y Pensionado

Seguro de Vida para el Personal del Estado - 508

  • Póliza 5000-0808003-01

  • Asegurable: El personal titular retirado y jubilado.

  • Cobertura básica
    -Muerte

  • Capital asegurado $4.699.-

  • Costo del seguro $4,70.

  • Código de descuento 508

Ref: Formulario 4028
F4028.pdf

Seguro de Vida Colectivo Titular - 716

  • Póliza: 5330-1354518-01 Titulares

  • Asegurable: Personal titular pasivo que opta por este seguro al momento del retiro o jubilación.

  • Coberturas
    -Muerte

  • Servicios:
    -Telemedicina: Consultas online con profesionales médicos en las especialidades de medicina clínica y pediátrica las 24hs, los 365 días del año y desde cualquier parte del mundo, a las que podrá accederse a través de la Web de INEBA SALUD.

  • Capital asegurado: 21 sueldos del código de descuento de haberes 201

  • Costo del seguro: $1,45.- por cada $1000.- de suma asegurada.

  • Código de descuento 716

Ref: Formulario 4429
F-4429 - SVC PASIVOS (TITULAR Y CONY) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - 01.2026.pdf

Seguro de Vida Colectivo Cónyuge - 718

  • Póliza: 5330-1354518-01 Cónyuge

  • Asegurable: Cónyuge o conviviente del personal titular retirado o jubilado que tenga contratado el Seguro de Vida Colectivo.

  • Coberturas
    -Muerte

  • Servicios:
    -Telemedicina: Consultas online con profesionales médicos en las especialidades de medicina clínica y pediátrica las 24hs, los 365 días del año y desde cualquier parte del mundo, a las que podrá accederse a través de la Web de INEBA SALUD.

  • Capital asegurado: 21 sueldos del código de descuento de haberes 201

  • Costo del seguro: $1,45.- por cada $1000.- de suma asegurada.

  • Código de descuento 718

Ref: Formulario 4429
F-4429 - SVC PASIVOS (TITULAR Y CONY) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - 01.2026.pdf

Seguro Colectivo de Gastos de Sepelio [Vida Colectivo Familiar] – 717

  • Póliza 5000-2228408-01

  • Asegurables:
    -Titular pasivo, su cónyuge o conviviente e hijos discapacitados sin límite de edad
    -Hijos hasta cumplir los 21 años de edad

  • Cobertura
    -Muerte

  • Capital máximo asegurado:
    $150.000.- por cada integrante del grupo familiar

  • Costo del seguro: $783 mensuales por el grupo familiar primario

  • Código de descuento 717

Ref: Formulario 4029
F4029-Incorporar al seguro.pdf

Postulantes

Seguro para Postulante

  • Póliza 5000-2198300-01

  • Asegurables:
    Personal civil (postulantes de la Institución y personal civil) que asiste a los cursos dictados en la PNA.
    Cubre el trayecto desde el domicilio hasta que revistan o cursan y desde que finalizan hasta que regresan al domicilio donde residen habitualmente.

  • Cobertura:
    -Muerte
    -Adicional por Incapacidad Total y Parcial Permanente por Accidente

  • Capital máximo asegurado: $800.000.-

  • Costo del seguro: A cargo de la institución

Gestione su seguro

Le brindamos los pasos para incorporarse al seguro, designar/modificar/ratificar beneficiarios, o rescindir el seguro.

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Pasos a seguir según el trámite.

¿Cómo incorporarse al seguro?

Completar los datos del formulario del seguro que se desea contratar.

Verificar los datos personales del solicitante.

Registrar los datos de los beneficiarios del seguro, para el caso de indemnización.

Ingresar los datos del cónyuge o conviviente, si se lo incorpora al seguro.

Firmar de puño y letra el formulario y aclara el nombre el titular asegurado.

Entregar el formulario para su certificación en la Delegación o Prefectura.

Enviar el formulario certificado a la Dirección de Bienestar -Departamento Bienestar- División Seguros.

Si su solicitud es aprobada, guardar el certificado de cobertura remitido por la aseguradora en un lugar seguro

Designación de Beneficiarios

La aseguradora tomará como válida la última designación/modificación de beneficiarios realizada mediante el formulario correspondiente.

  • Puede elegir una persona humana mayor de 18 años de edad o jurídica.
  • Puede designar la cantidad de beneficiarios que desee y determinar el porcentaje del beneficio que le correspondería a cada uno.

  • Si es persona humana
    -Nombre y apellido completo.
    -Tipo y número de documento de identidad.
    -Tipo de parentesco existente entre ambos (asegurado y beneficiario).
    -Fecha de nacimiento.
    -Si es persona jurídica
    -CUIT
  • Denominación social de la entidad.

¿Cómo designar/modificar beneficiarios?

Completar los datos del formulario de Designación de Beneficiarios.

Registrar los datos actualizados de los beneficiarios a quienes se destina el beneficio del seguro.

Firmar el formulario y aclarar el nombre y apellido del titular asegurado, siempre de puño y letra.

Entregar el formulario para su certificación en la Delegación o Prefectura.

Enviar el formulario certificado la Dirección de Bienestar-Departamento Bienestar - División Seguros.

Guardar la copia sellada remitida por la aseguradora en un lugar seguro.

Rescindir el Seguro

Completar el Acta con los datos personales, motivo, fecha de rescisión, seguros a rescindir y firma del asegurado.

Entregar el Acta para su certificación en la Delegación o Prefectura.

Enviar el Acta a la Dirección de Bienestar - Departamento Bienestar - División Seguros.

Queda sin cobertura, y si tiene contratado el Seguro de Vida Colectivo Cónyuge o el Seguro Colectivo de Gastos de Sepelio (Vida Familiar), queda sin cobertura su cónyuge o conviviente y/o su grupo familiar, dependiendo del caso.

¿Como descargar el certificado de cobertura?

¿Sabías que podés descontar de ganancias tu Seguro de Vida Colectivo?

A partir del 1º de Enero de 2019, las primas pagadas por seguros de Vida, podrán ser deducidas de la base imponible del Impuesto a las Ganancias

GUIA ANTE SINIESTRO

Lo orientamos para saber qué necesita al momento de denunciar un siniestro. Pasos a seguir, opciones de indemnización, incapacidad, documentación requerida y formularios correspondientes.

1.-¿Qué hacer ante un siniestro?

Completar el formulario de denuncia correspondiente con los datos y la firma del beneficiario.

Reunir toda la documentación que exige la aseguradora dependiendo del tipo de siniestro.

Completar la Nota de Acreditación en Cuenta Bancaria, si se opta por el depósito del monto indemnizatorio en cuenta, o concurrir al lugar de pago notificado por la aseguradora munido del documento nacional de identidad, en caso de aceptación del siniestro.

Comuníquese al
Centro de Atención Telefónica de Siniestros.

0810 444 0107

Lunes a viernes de 10:00 a 18:00 hs.

2.-¡Elija la opción de indemnización!

La aseguradora enviará un SMS al beneficiario que informe su teléfono celular explicándole que tiene un pago disponible y que puede pasar en la fecha y los horarios indicados para retirarlo, portando siempre documento nacional de identidad, libreta cívica o libreta de enrolamiento.

El cobro se realiza a través de la acreditación en cuenta bancaria a la cuenta designada en la nota de Solicitud de Acreditación en Cuenta Bancaria.

¡!¿Qué considerar para la transferencia?
La cuenta bancaria notificada a la aseguradora debe ser del beneficiario que va a cobrar o
su nombre debe figurar entre los titulares.
El comprobante de CBU que adjunte a la Solicitud de Acreditación en Cuenta Bancaria debe
ser el que otorga el Banco donde tiene registrada la cuenta.

La aseguradora enviaría un SMS al beneficiario que informe su teléfono celular avisándole que tiene a su disposición un cheque para retirar.

¡!Tenga en cuenta:
A partir de los $ 50.000.- el cheque es no a la orden y debe ser depositado.

3.-¿Qué hacer ante incapacidad?

Completar el formulario correspondiente a la incapacidad denunciada con los datos y la firma del asegurado titular.

Concurrir a la revisación médica, generalmente en dependencias del INEBA, siguiendo las indicaciones realizadas en la notificación de la aseguradora y con los estudios médicos realizados.

Aguardar a la notificación sobre la decisión de la Gerencia Médica de la Caja de Seguros S.A..

Caja de Seguros S.A. se comunicará mediante carta documento, si requiere de más documentación, realizar estudios complementarios, aceptar o denegar la cobertura del siniestro.

4.-Documentación a presentar (varía dependiendo del tipo de siniestro)

1. Del asegurado titular en el Seguro de Vida Colectivo

  • Certificado de defunción Original o copia certificada por el Registro que lo emitió.
  • Formulario de designación de beneficiarios Si el asegurado no designó beneficiarios, dejarlo aclarado en el formulario de denuncia administrativa y presentar la Declaratoria de Herederos en original o copia certificada por el juzgado interviniente en la Sucesión.
  • Documentación que acredite el vínculo con el asegurado:
    *Si el beneficiario es cónyuge
    presentar Certificado de Matrimonio actualizado en original o copia certificada por el Registro donde se encuentra radicado el vínculo.
    *Si el beneficiario es conviviente
    presentar Declaración Jurada de la Obra Social y original o copia certificada por el juzgado interviniente del Certificado de Convivencia.
    *Si el beneficiario es hijo
    presentar Acta de Nacimiento, original o copia certificada por el Registro que la emitió, Certificado de Adopción o Tutela, si corresponde.
  • Documento de identidad de los beneficiarios: Original o fotocopia confrontada con el original del DNI, DU, LC,LE, Cédula del MERCOSUR o Pasaporte.
  • Recibo de haberes: Original y fotocopia correspondiente al mes anterior del deceso donde figure el descuento del seguro, si cuenta con la firma del asegurado titular.
  • Sumario Judicial o Penal: Sólo en caso de muerte traumática.

2. Del grupo familiar en el Seguro de Vida Colectivo

  • Certificado de defunción: Original o copia certificada por el Registro que lo emitió.
  • Formulario de designación de beneficiarios: Si el asegurado no designó beneficiarios, dejarlo aclarado en el formulario de denuncia administrativa y presentar la Declaratoria de Herederos en original o copia certificada por el juzgado interviniente en la Sucesión.
  • Documentación que acredite el vínculo con el asegurado:
    *Si el beneficiario es cónyuge
    presentar Certificado de Matrimonio actualizado en original o copia certificada por el Registro donde se encuentra radicado el vínculo.
    *Si el beneficiario es conviviente
    presentar Declaración Jurada de la Obra Social y original o copia certificada por el juzgado interviniente del Certificado de Convivencia.
    *Si el beneficiario es hijo
    presentar Acta de Nacimiento, original o copia certificada por el Registro que la emitió, Certificado de Adopción o Tutela, si corresponde.
  • Documento de identidad de los beneficiarios: Original o fotocopia confrontada con el original del DNI, DU, LC,LE, Cédula del MERCOSUR o Pasaporte.
  • Recibo de haberes: Original y fotocopia correspondiente al mes anterior del deceso donde figure el descuento del seguro, si cuenta con la firma del asegurado titular.
  • Sumario Judicial o Penal: Sólo en caso de muerte traumática.

3. Del asegurado cónyuge o conviviente en el Seguro de Vida Colectivo Cónyuge

La documentación requerida es similar a la solicitada en caso de muerte del asegurado titular, exceptuando el formulario y documentos de los beneficiarios, porque el beneficio le corresponde al titular del seguro.

4. Del asegurado titular en el Seguro de Vida Colectivo Obligatorio
La documentación requerida es la misma que para fallecimiento del titular en el Seguro de Vida Colectivo, a la que se le agrega la siguiente:

  • Recibo de haberes: Recibo de haberes del mes del deceso en original y fotocopia, si cuenta con la firma del asegurado fallecido.
  • Caso contrario: Recibo de haberes del mes anterior al deceso y último recibo de haberes firmado por el asegurado fallecido.
  • Constancia de CUIL del trabajador
  • Declaración Jurada del empleador: Original o fotocopia confrontada con el original de la Declaración Jurada a la AFIP de la nómina del último mes trabajado por el asegurado titular fallecido donde conste su nombre y apellido.

Del asegurado titular

  • Historia clínica completa: Historia médica de las patologías incapacitantes.
  • Certificado médico: Certificado médico con evaluación períodica y alta médica.
  • Informe de licencias usufructuadas: Si es que hubo licencias durante los últimos 2-3 años.
  • Formulario de Cese de la actividad laboral: En su defecto, notificación en boletín oficial, si pasó a Retiro.
  • Dictamen de Junta Médica de Previsión: Copia del dictamen, si obtuvo la jubilación por Invalidez.
  • Recibo de haberes: Recibo de haberes en original y fotocopia del mes anterior a la desvinculación o denuncia donde figure el descuento del costo del seguro.
  • Documento de identidad del asegurado: Original y fotocopia del DNI, DU, LC,LE, Cédula del MERCOSUR o Pasaporte.

1. Del asegurado titular

  • Historia clínica completa: Historia médica de las patologías incapacitantes.
  • Certificado médico: Certificado médico con evaluación períodica y alta médica.
  • Informe de licencias usufructuadas: Si es que hubo licencias durante los últimos 2-3 años.
  • Denuncia de la ART: Copia de denuncia de siniestro sólo en caso de accidente laboral (rige exclusivamente para el personal civil, docente y clero).
  • Acta del accidente o constancia policial: Constancia policial o judicial del hecho denunciado con el detalle del accidente sufrido (día de ocurrencia, motivo, etc.).
  • Recibo de haberes: Recibo de haberes en original y fotocopia del mes anterior al accidente.

2. Del asegurado cónyuge o conviviente

  • Si es cónyuge: Certificado de Matrimonio actualizado en original o copia certificada por el Registro donde se encuentra radicado el vínculo.
  • Si es conviviente: Declaración Jurada de la Obra Social y original o copia certificada por el juzgado interviniente del Certificado de Convivencia.

Del asegurado titular

  • Estudios médicos: Fotocopia de los estudios solicitados por el médico tratante.
  • Historica clínica: Con especificación del día y horario de ingreso y egreso de la institución asistencial.
  • Acta del accidente y/o denuncia policial: Acta en caso de accidente estando en servicio o en un operativo y/o denuncia ante accidente como caída de escaleras estando en la casa.
  • Documento de identidad del asegurado: Original y fotocopia del DNI, DU, LC,LE, Cédula del MERCOSUR o Pasaporte.
  • Recibo de haberes: Recibo de haberes en original y fotocopia correspondiente al mes anterior al hecho generador de la denuncia y donde conste el descuento del costo del seguro.

Del asegurado titular

  • La documentación requerida es la misma que para fallecimiento del titular en el Seguro de Vida Colectivo, a la que se le agrega la siguiente:
  • Protocolo quirúrgico: Fotocopia del protocolo donde se haga referencia a la intervención.
  • Documentación probatoria del vínculo con el asegurado titular:
    *Si la persona trasplantada es cónyuge: Acta de Matrimonio actualizada en original o copia certificada por el Registro donde se encuentra radicado el vínculo.
    *Si la persona trasplantada es conviviente: Declaración Jurada de la Obra Social original o copia certificada por el juzgado interviniente del Certificado de Convivencia.
    *Si la persona trasplantada es hijo: Acta de Nacimiento, original o copia certificada por el Registro que la emitió, Certificado de Adopción o Tutela.
  • Documento de identidad del asegurado trasplantado Original y fotocopia del DNI, DU, LC,LE, Cédula del MERCOSUR o Pasaporte.
  • Recibo de haberes: Recibo de haberes en original y fotocopia correspondiente al mes anterior al hecho generador de la denuncia y donde conste el descuento del costo del seguro.

5.-Descargar formularios

En el campo Domicilio del formulario, informe también:

  • La dirección de correo
  • El teléfono celular o de línea del asegurado o beneficiario

Para la cobertura de incapacidad parcial y permanente

Para la cobertura de renta diaria por internación

Para la cobertura de trasplante de órganos

Si opta por la indemnización en cuenta bancaria

Preguntas frecuentes

Encuentre todas las respuestas a sus inquietudes sobre el seguro contratado.

Los seguros obligatorios para el personal en actividad son 2:

  • Seguro de Vida Colectivo Obligatorio (Decreto 1567/74): su costo está a cargo de la Institución y finaliza cuando el asegurado se jubila o retira.
  • Seguro de Personal del Estado (Ley 13003): su costo se descuenta del recibo de haberes y cuando la situación de revista del asegurado cambia, puede optar voluntariamente por continuar en el seguro.

Los seguros a elección del personal en actividad son 2:

  • Seguro de Vida Colectivo Titular y Cónyuge o Conviviente: el seguro cubre al cónyuge o conviviente siempre que esté asegurado el titular. Si el cónyuge o conviviente trabaja en la Institución, sólo podrá incorporarse en carácter de titular del seguro.
  • Seguro Colectivo de Gastos de Sepelio (conocido como Colectivo Familiar): cubre al titular y a los integrantes del grupo familiar primario.
  • Los asegurados que cambian de situación de revista (retirado, jubilado, pensionado) pueden optar por continuar con los seguros previamente contratados.

Tiene que completar el formulario correspondiente al seguro deseado.

  • Si está en actividad, en el destino donde presta servicio.
  • Si es personal pasivo, en el destino donde se liquidan sus haberes.

En los seguros obligatorios es asegurado.

En los seguros optativos es asegurado (titular protegido por una póliza de seguro) y beneficiario (persona designada por el asegurado para recibir la indemnización por fallecimiento) en los siguientes casos:

  • Ante fallecimiento de su cónyuge o conviviente (si tiene contratado el Seguro de Vida Colectivo Cónyuge).
  • Ante una incapacidad (si tiene contratado el Seguro de Vida Colectivo).

A los seguros obligatorios y a los seguros optativos:

  • Seguro para Aspirantes y/o Cadetes (si es alumno de los institutos de formación)
  • Seguro de Aspirantes (si es civil y se encuentra realizando cursos en PNA)
  • Seguro de Vida Colectivo Titular
  • Seguro de Vida Colectivo Cónyuge (si el titular está incorporado al Seguro de Vida Colectivo)
  • Seguro Colectivo de Gastos de Sepelio (aunque no tenga un grupo familiar, permite incrementar coberturas)

No. Solo cubren al titular del seguro.

Si contrata el Seguro de Vida Colectivo, puede incorporar a su cónyuge o conviviente (siempre que no se encuentre al servicio activo de PNA).
Si contrata el Seguro Colectivo de Gastos de Sepelio, quedan cubiertos su cónyuge o conviviente e hijos.

Dentro de los seguros para personal en actividad, los siguientes:

  • Seguro para Aspirantes y/o Cadetes
  • Seguro de Postulantes
  • Seguro de Personal del Estado
  • Seguro de Vida Colectivo Titular
  • Tareas Riesgosas con Explosivos

Puede rescindir los optativos seguros contratados mediante la presentación del Acta de Cese.

-Si el capital liquidado es menor a los $50.000 Por ventanilla del BBVA Banco Francés y previa confirmación de la aseguradora sobre la acreditación del pago. -> Por transferencia bancaria, enviando previamente el comprobante del CBU de la cuenta del beneficiario (no es válido el ticket emitido por el cajero automático) ¡Importante! Es indispensable que tenga una cuenta bancaria donde sea titular o cotitular (excepto en Banco Piano) para realizar la transferencia.

-Si el capital liquidado es mayor a los $50.000 Mediante cheque y previa confirmación de la aseguradora sobre la disponibilidad de dicho cheque-> Por transferencia bancaria, enviando previamente un comprobante del CBU del beneficiario (no es válido el ticket emitido por el cajero automático).

  • Acta de defunción inscripta en el Registro de las Personas.
  • Documentación que acredite el vínculo con el asegurado fallecido.
  • Documento de identidad del beneficiario o beneficiarios.
  • Comprobante de CBU, si opta por el cobro mediante transferencia bancaria.

El asegurado en caso de incapacidad o el beneficiario en caso de fallecimiento del asegurado titular.
En ambos casos no es necesario presentarse con un asesor letrado o abogado.

De acuerdo con la Ley de Seguros 17418 artículo 18, y desde el momento en que conoce la existencia del beneficio, tiene hasta 3 años para denunciar.

En el Seguro de Personal del Estado, en cambio, el plazo es hasta 10 años desde la fecha del siniestro.

En primer lugar, los beneficiarios designados por el asegurado titular ¡Importante! El asegurado puede modificar sus beneficiarios en cualquier momento y para la liquidación se tomará en cuenta los designados mediante el formulario correspondiente y según la última fecha de designación.

En caso de no haber designados beneficiarios, corresponde a sus herederos, de acuerdo con la Declaratoria de Herederos certificada por la Cámara de Apelaciones.

El artículo 3° (Beneficio por Pérdidas Anatómicas y/o Funcionales) de la Cláusula de Muerte y Pérdidas Anatómicas y/o Funcionales Taxativas por Accidente establece lo siguiente (*): Si el asegurado sufriera un accidente que le ocasionara alguna de las pérdidas anatómicas y/o funcionales que taxativamente se indican a continuación, La Caja abonará al asegurado una indemnización adicional equivalente al porcentaje del capital asegurado que en cada caso se detalla:

Lesión Porcentaje

  • Amputación del brazo o de la mano derecha 60%
  • Amputación del brazo o de la mano izquierda 50%
  • Amputación de una pierna o de un pie 50%
  • Pérdida de un globo ocular o pérdida total de la visión de un ojo 50%
  • Pérdida funcional total del hombro, o del codo o de la muñeca 20%
  • Pérdida funcional total de la cadera o de la rodilla o del tobillo 20%
  • Amputación del dedo pulgar de una mano 18%
  • Amputación del dedo índice de una mano 10%
  • Amputación del dedo medio de una mano 9%
  • Amputación del dedo anular o meñique de una mano 8%
  • Amputación del dedo gordo de un pie 8%
  • Amputación de otro dedo del pie 4%

Cuando se trate de un asegurado zurdo se invertirán los porcentajes de indemnización fijados por las pérdidas de los miembros superiores.

Para que resulte aplicable la previsión del párrafo precedente, el Asegurado deberá informar a La Caja si es zurdo o no al momento de completar la Solicitud Individual de Incorporación al seguro.

También será indemnizable la pérdida de las falanges de los dedos de las manos, siempre que se haya producido por amputación total de cada una. En esos casos, si se trata de falanges del dedo pulgar la indemnización por pérdida de cada una será igual a la mitad de la que corresponde por amputación del dedo entero; mientras que la indemnización por pérdida de cada falange de los demás dedos será igual a la tercera parte de la que se fija por amputación del dedo respectivo.

(*) El resto de las condiciones se encuentra explicitadas en el texto completo de la cláusula.

Una vez liquidado el siniestro, La Caja notificará a los beneficiarios que ya tienen a su disposición el pago del beneficio por el cobro del siniestro (pago electrónico, ticket o la respectiva transferencia de fondos). Dicha comunicación se efectuará a través de mensaje de texto al celular o correo electrónico, en caso de dichos elementos hubieran sido informado en la denuncia de siniestro.

En la siguiente tabla mostramos las primas que se aportan según el capital asegurado para los Seguro de Vida Colectivo Titular (código 314) y Cónyuge (código 308).

tabla-capitales.pdf

CONTACTO

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  • Dirijase a destino:
    *Si sos personal en actividad: donde prestas tus servicios.
    *Si sos personal Retirado/Pensionado: a la Unidad más próxima a tu domicilio.

  • Comuníquese a la:
    Dirección de Bienestar – Departamento Bienestar- División Seguros
    011 4318 7400/7500 interno 2542/43
    011 4318 7579 directo – fax
    Lunes a viernes de 8:00 a 13:00hs.
    Av. Eduardo Madero 235 – Oficina 5:42/45 – 5to. Piso
    debi-seguros@prefecturanaval.gov.ar

  • Llame al:
    Centro de Atención de Consultas
    0810 555 6555 Opción 7
    Lunes a viernes de 9:00 a 18:00hs.

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